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Declaración Pública Mauricio Pinilla
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Agosto 19, 2018 | 11:49 am
1.- Nos hemos reunido con nuestro afiliado para conocer de fuente directa el detalle de los hechos conocidos públicamente durante los últimos días, específicamente entre los días 27 y el 31 de Julio recién pasado, que culminaron con el despido público del futbolista.
2.- Para tener una visión general es preciso remontarse al inicio de las tratativas con el club Colón de Santa Fe, que el jugador -válidamente- decide considerar como cualquier profesional de nuestra actividad. Una vez conocido el interés, Universidad de Chile, Colón y el jugador deciden firmar la compraventa de los Derechos Federativos y Económicos, quedando pendiente el finiquito con la U y el nuevo contrato de trabajo con Colón. Existía, también, una necesidad del club argentino para inscribir prontamente a Pinilla para la Copa Sudamericana. En este punto es importante considerar que los “Derechos Federativos” se deben entender como la potestad o titularidad que tiene un Club -por el registro de un Jugador en la Federación o Asociación de fútbol nacional correspondiente- para utilizarlo en sus competiciones oficiales, siendo imprescindible para el nacimiento de este derecho, la celebración de un contrato de trabajo entre el jugador y el club de fútbol profesional y la posterior inscripción o registro del mismo en la asociación respectiva, cuestión que no ocurrió en este caso.
3.- La transferencia de un jugador implica la ejecución de un acto jurídico complejo, integrado por tres actos jurídicos autónomos, que son:
-La celebración de un contrato de transferencia donde comparezcan Club de Origen, Club de Destino y Jugador (el contrato de Compraventa de Derechos Federativos y Económicos).
-El finiquito de contrato de trabajo entre la U y el Jugador (cumpliendo con las formalidades exigidas por la Ley).
-La celebración de un nuevo contrato de trabajo, entre Colón y Pinilla. Si se hubiesen cumplido cada uno de estos actos en conformidad a la Ley, Colón podría haber registrado en la AFA el contrato de trabajo indicado en el punto iii) y sólo en ese momento, la transferencia del jugador podría haberse materializado plena y perfectamente.
4.- Conociendo la propuesta de Colón, Universidad de Chile decide aceptar que Mauricio Pinilla avance en las negociaciones, y con autorización de la Gerencia Deportiva es liberado de la concentración, manteniéndose vigente el contrato laboral con la U. En este contexto, y sin existir ningún contrato de trabajo entre Colón y el jugador, pues las negociaciones no estaban cerradas, el gerente deportivo de los azules, Ronald Fuentes, dice con fecha 27 de julio pasado, públicamente, que Pinilla ya no es más jugador del club, información que fue desmentida prontamente por nuestro asociado.
5.- Según nos indica el jugador, las negociaciones con la institución argentina no prosperaron porque fueron modificadas unilateralmente algunas de las condiciones del eventual contrato de trabajo que suscribiría y no hubo acuerdo en otros puntos relevantes, por lo que el futbolista se presentó al entrenamiento en las dependencias de la U el lunes 30 de julio. Llegado ese día -vigente el contrato de trabajo- fue impedido de entrenar sin que hubiese existido una justificación legal para actuar de esa forma. En consecuencia, hasta antes de la conferencia de prensa del pasado martes, 31 de julio de 2018, los Derechos Federativos y Económicos relativos a Mauricio Pinilla pertenecían a la U, pues sólo ellos tenían la titularidad del registro del jugador.
6.- Como hecho público y notorio, el directorio de Azul Azul convocó a una conferencia de prensa que fue difundida por todos los medios, procediendo su presidente a despedir a Pinilla ante las cámaras de televisión, declarando en vivo y en directo que estaba desvinculado desde ese momento, situación que no encuentra referente en la historia de nuestro fútbol profesional. Como consecuencia de ese despido, los Derechos Federativos y Económicos dejaron de pertenecer a Universidad de Chile, adquiriendo el jugador consecuencialmente su libertad de acción.
7.- Para mejor entendimiento de nuestros afiliados, aclaramos que los Derechos Federativos y Económicos en ningún momento han sido de Colón, ya que no registraron en AFA contrato de trabajo alguno con el jugador, no concurriendo los requisitos necesarios para consumar la transferencia.
8.- El proceder posterior del ahora ex club de Pinilla no cuenta con sustento legal, sin perjuicio de la información que ha sido entregada a la prensa durante las últimas horas.
9.- Por último, llama la atención que, considerando su aporte y trayectoria en materia Deportiva, la U decida vender al jugador en 100 mil dólares o, en su defecto, a cambio de un partido “amistoso” a disputarse en Chile, cláusulas expuestas en el contrato de Compraventa de Derechos Federativos y Económicos ya conocidos por todos. Cabe destacar que por un juvenil, aun sin contrato como profesional, por estar 4 años formándose en una institución, el club que quisiera contratarlo tendría que pagar la suma de 120 mil dólares por derechos de formación, veinte mil dólares más que por alguien de la trayectoria de Pinilla.