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DECLARACIÓN PÚBLICA

Mar 6, 2019 | App Movil, Primera A

App Movil, Primera A
Marzo 6, 2019 | 12:00 am

Respecto del horario del partido entre Universidad de Chile y Unión Española, fijado para este domingo a las 15.30 horas, el Sindicato de Futbolistas Profesionales quiere aclarar lo siguiente:

-Entendiendo que el cuadro Hispano tiene compromisos internacionales próximos a la quinta fecha del Campeonato Local, los jugadores de Universidad de Chile en señal de solidaridad con sus pares, la continuidad del torneo y el respeto a los compromisos futuros, acordaron de manera excepcional acceder a la modificación horaria propuesta por la ANFP, a pesar de que se trata de un horario no apto para el desarrollo de la actividad deportiva.

– Existe un instructivo firmado entre el SIFUP y el Ministerio del Trabajo el año 2012, en relación a no jugar partidos en verano en la franja horaria que va desde las 15:30 hasta las 17:30 horas, pese a algunas excepciones, como por ejemplo, cotejos a medio día. Para ello se utiliza un criterio geográfico y se definen aptas zonas costeras como Iquique, Antofagasta, IV y V Región Costa y Concepción. También entran ahí los clásicos, por disposiciones del Estado y la imposibilidad del Club Palestino para jugar después de las 18 horas, por no contar con luz eléctrica.

– En esta misma línea y por acuerdo entre el SIFUP con la Gerencia de Competiciones de ANFP, se acordó extender la prohibición de franja horaria hasta las 18 horas y el horario de verano hasta la primera semana de abril de cada año.

– Sin perjuicio de todo lo anterior, y entendiendo que esta modificación es única y excepcional, manifestamos nuestra absoluta preocupación por las consecuencias que puede tener en la salud de nuestros jugadores y del público espectador, disputar un partido en el nuevo horario, atendida las altas temperaturas registradas en este último tiempo, por lo tanto esperamos que esta excepción no pase a ser la regla ni tampoco se entienda como precedente para futuras solicitudes, toda vez que lo que está en riesgo es la salud de los jugadores y también la calidad del espectáculo. El sindicato velará siempre porque se cumpla la exigencia legal del artículo 22 del Código del Trabajo, que establece que “la jornada de trabajo de los deportistas profesionales y de los trabajadores que desempeñan actividades conexas se organizará por el cuerpo técnico y la entidad deportiva correspondiente, de acuerdo a la naturaleza de la actividad deportiva y a los límites compatibles con la salud de los deportistas”.

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