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Declaración pública suspensión entrenamientos

Mar 18, 2020 | App Movil, noticias, Primera A, Primera B, Segunda División

App Movil, Primera A, Primera B, Segunda División, noticias
Marzo 18, 2020 | 10:39 am

Sres. Directores

Sres. Consejo de Presidentes

Asociación Nacional de Fútbol Profesional

Presente

MAT: SIFUP SOLICITA SE OFICIE A LOS CLUBES PROFESIONALES PARA QUE SUSPENDAN TODO TIPO DE ENTRENAMIENTOS DE SUS PLANTELES, CONSIDERANDO LA RECOMENDACIÓN DE PROFESIONALES MÉDICOS Y POR ENCONTRARNOS EN LA FASE 4 DE LA PANDEMIA CORONAVIRUS (COVID-19). (PRIORIDAD: URGENTE).

De nuestra mayor consideración:

Atendida la emergencia de salud pública de relevancia mundial, respecto a la cual nuestro país se encuentra en la fase 4 del coronavirus Covid-19 y tras conocer la decisión de algunos clubes profesionales de continuar con los entrenamientos de sus planteles, a pesar de la suspensión de los torneos decretada, SIFUP solicita a la ANFP, en su calidad de Entidad Superior del fútbol profesional chileno y al Consejo de Presidentes, como su máxima autoridad, lo siguiente:

1.- Se oficie a los clubes profesionales que aún mantienen actividad en sus lugares de entrenamiento, a que respeten el espíritu de las medidas adoptadas por la autoridad sanitaria de Chile, ratificadas además por la Organización Mundial de la Salud sobre la pandemia COVID-19, sugiriéndoles suspender las actividades de entrenamiento.

2.- Como expusimos públicamente, la decisión de parar toda actividad grupal, colectiva o de alta convocatoria fue decretada en base a la opinión de profesionales expertos en la materia y con mucha información sobre la mesa. Nos parece poco consecuente suspender todos los torneos y no así los entrenamientos, puesto que los jugadores seguirán expuestos de igual manera a posibles contagios por la dinámica que tienen estos y la cercanía que debe existir entre los trabajadores al ejecutar los mismos. Creemos que no deben primar intereses particulares por sobre la Salud de ningún trabajador del fútbol.

3.- Según las autoridades, esta es una pandemia, un problema de salud mundial extremadamente grave. Para ratificar dicha aseveración y lo expuesto que se encuentran los trabajadores del fútbol, en caso de mantenerse los entrenamientos, recogemos la recomendación del doctor Roberto Yáñez, de amplia experiencia en el fútbol, quien en declaraciones públicas recogidas por el diario El Mercurio, en su edición del pasado martes 17 de marzo, refirió lo siguiente:

“(…) la decisión de no entrenar es lógica, porque hay un virus que se llama COVID-19 y aumenta su posibilidad de contagio en lugares cerrados como los camarines, donde los jugadores comparten muy cerca unos de otros”.

De la misma manera y según lo informado por el noticiero 24 horas, la presidenta del Colegio Médico, Izkia Siches, reiteró el llamado del gremio al Ejecutivo para que se decrete cuarentena nacional en nuestro país, ante la emergencia sanitaria que se desarrolla por la pandemia de coronavirus, refiriéndole lo siguiente:

Presidente @sebastianpinera desde @colmedchile reiteramos la solicitud de cerrar el funcionamiento de regiones afectadas por #COVID19 sólo manteniendo servicios de primera necesidad. Todas las medidas que hoy parecen exageradas mañana serán insuficientes. #CuarentenaNacional

4.- La emergencia sanitaria que enfrentamos a nivel global realza la obligación de los empleadores y de los entes rectores de una actividad como el fútbol de impartir las mejores directrices, entre ellas, velar por la salud y seguridad de los trabajadores de esta actividad, debiendo precaver los riesgos de contagio que pueden existir en los lugares en que éstos desempeñan su trabajo, colaborar en la adopción y control de las medidas de contención destinadas a evitar la propagación del virus, como asimismo proporcionar efectiva y oportunamente a los trabajadores información actualizada que emane de la autoridad sanitaria u otra competente que diga relación con la prevención y contención del virus. Lo anterior, encuentra sustento en el artículo 184 inciso 1º y 2º del Código del Trabajo que consagra el deber general de protección del empleador, que dispone:

​ “El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.

​ Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica.”

5.- Finalmente, creemos que de no estandarizarse la medida de suspensión de todos los entrenamientos por parte de los clubes, estos estarían propiciando la posibilidad de ampliar el contagio del virus COVID-19 entre sus propios trabajadores, lo que claramente desobedece la recomendación de aislamiento indicada por la autoridad e infringe la obligación de los empleadores de proteger eficazmente la vida y salud de sus trabajadores.

 

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